La
Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Ica preocupados por la gran cantidad de
trabajadores expuestos al aire libre, ya sea de manera parcial o de forma
permanente, que frecuentemente trabaja en condiciones de alta exposición a la radiación
ultravioleta de origen solar, hace una exhortación a los Empleadores al
cumplimiento de la Ley N° 30102, Ley que
dispone medidas preventivas contra los efectos nocivos para la salud por la
exposición prolongada a la radiación solar.
El
daño agudo y crónico que provoca la radiación ultravioleta sobre la piel, ojos
y el sistema inmunológico de las personas, está directamente relacionado con la
intensidad de la radiación, el tiempo de exposición y con características de la
piel.
Es
por ello que según el Art. 2° y 4° de la presente ley establece que el
Empleador debe proveer a sus trabajadores el uso de instrumentos tales como: sombreros,
gorros, anteojos, bloqueadores solares, entre otros; independientemente del
régimen laboral al que pertenezcan.
Asimismo
disponer la colocación de carteles, avisos o anuncios en lugares expuestos a la
radiación solar, promover acciones de
arborización que permitan la generación de sombra natural.
No
olvidemos que la constante exposición al sol puede aumentar el riesgo de
desarrollar en el futuro cáncer a la piel, siendo entre las 09:00 de la mañana
y las 4:00 de la tarde las horas en que más fuerte se siente los rayos del sol.
Por ello se sugiere elegir un filtro solar con un factor de protección solar
(SPF) de 30 o mayor.
Agradecemos
su gentil difusión.
Ica, 26 de Enero de 2015
Dirección Regional de Trabajo y
Promoción del Empleo Ica
Fomentando
el Empleo con Paz Social…
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